14:1 ╢ Hijos sois del SE╤OR vuestro Dios: no os sajarΘis, ni pondrΘis calva sobre vuestros ojos por muerto;
14:2 porque eres pueblo santo al SE╤OR tu Dios, y el SE╤OR te ha escogido para que le seas un pueblo ·nico de entre todos los pueblos que estßn sobre la faz de la tierra.
14:3 Nada abominable comerßs.
14:4 Estos son los animales que comerΘis: el buey, la oveja, y la cabra,
14:5 el ciervo, el corzo, y el b·falo, y el cabrφo salvaje, y el unicornio (rinoceronte ), y el buey salvaje, y la cabra montΘs.
14:6 Todo animal de pezu±as, que tiene hendidura de dos u±as, y que rumiare entre los animales, ese comerΘis.
14:7 Pero Θstos no comerΘis de los que rumian, o tienen u±a hendida: camello, y liebre, y conejo, porque rumian, mas no tienen u±a hendida, os serßn inmundos;
14:8 ni puerco, porque tiene u±a hendida, mas no rumia, os serß inmundo. De la carne de Θstos no comerΘis, ni tocarΘis sus cuerpos muertos.
14:9 Esto comerΘis de todo lo que estß en el agua: todo lo que tiene aleta y escama comerΘis;
14:10 mas todo lo que no tuviere aleta y escama, no comerΘis; inmundo os serß.
14:11 Toda ave limpia comerΘis.
14:12 Y Θstas son de las que no comerΘis: el ßguila, y el azor, y el esmerej≤n,
14:13 y el ixio, y el buitre, y el milano de toda especie,
14:14 y toda especie de cuervo,
14:15 y el avestruz, y el mochuelo, y la garceta, y el gavilßn de toda especie,
14:16 y el halc≤n, y la lechuza, y el calam≤n,
14:17 y el cisne, y el pelφcano, y la gaviota,
14:18 y la cigⁿe±a, y toda especie de cuervo marino, y la abubilla, y el murciΘlago.
14:19 Y toda serpiente de alas os serß inmundo; no se comerß.
14:20 Toda ave limpia comerΘis.
14:21 Ninguna cosa mortecina comerΘis; al extranjero que estß en tus poblaciones la darßs, y Θl la comerß; o vΘndela al extranjero; porque t· eres pueblo santo al SE╤OR tu Dios. No cocerßs el cabrito en la leche de su madre.
14:22 ╢ Indispensablemente diezmarßs todo el producto de tu simiente, que rindiere tu campo cada a±o.
14:23 Y comerßs delante del SE╤OR tu Dios en el lugar que Θl escogiere para hacer habitar allφ su nombre, el diezmo de tu grano, de tu vino, y de tu aceite, y los primerizos de tus vacas, y de tus ovejas, para que aprendas a temer al SE╤OR tu Dios todos los dφas.
14:24 Y si el camino fuere tan largo que t· no puedas llevarlos por Θl, por estar lejos de ti el lugar que el SE╤OR tu Dios hubiere escogido para poner en Θl su nombre, cuando el SE╤OR tu Dios te bendijere,
14:25 entonces lo venderßs, y atarßs el dinero en tu mano, y vendrßs al lugar que el SE╤OR tu Dios escogiere;
14:26 y darßs el dinero por todo lo que deseare tu alma, por vacas, o por ovejas, o por vino, o por sidra, o por cualquier cosa que tu alma te demandare; y comerßs allφ delante del SE╤OR tu Dios, y te alegrarßs t· y tu casa.
14:27 Y no desampararßs al levita que habitare en tus poblaciones; porque no tiene parte ni heredad contigo.
14:28 Al cabo de cada tres a±os sacarßs todo el diezmo de tus productos de aquel a±o, y lo guardarßs por dentro de tus puertas.
14:29 Y vendrß el levita, que no tiene parte ni heredad contigo, y el extranjero, y el huΘrfano, y la viuda, que hubiere en tus poblaciones, y comerßn y serßn saciados; para que el SE╤OR tu Dios te bendiga en toda obra de tus manos que hicieres.
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